Abstract
La cifra sobre desplazamiento forzoso en el mundo alcanzamáximos históricos, y se verá incrementada en el futuro debido aldesplazamiento humano que provoca el calentamiento del planeta y ladegradación ecológica que caracteriza la actual era del Antropoceno. Laprotección internacional que otorga el derecho a las personas que huyende sus tierras y buscan refugio está relacionada con la exposición a peligros,la vulnerabilidad y la dificultad de estas personas para ejercer susderechos humanos. La movilidad por causas ambientales provoca nuevosmotivos de protección jurídica no previstos en la Convención sobreel estatuto de los refugiados, pero a la que hay que dar respuesta y solución.En el siglo xxi Naciones Unidas consolida un nuevo enfoque delos derechos humanos con relación al cambio climático y las migraciones,y este paradigma debe resolver el vacío de la doctrina jurídica tradicionalpara abordar el problema de las migraciones climáticas. Tambiénse encuentran en situación de vulnerabilidad, junto a las mujeres y los menores, que sí son reconocidas y protegidas por el derecho, ylos jóvenes varones refugiados, muchos de los cuales se ven abocadosa ejercer la prostitución para sobrevivir. A la reflexión sobre los conceptosde refugiado/migración y al análisis de los nuevos motivos devulnerabilidad por razones del cambio climático se dedica el presentetrabajo, para evidenciar que el actual modelo migratorio de defensa defrontera actúa en sentido opuesto a la solución real de un movimientocreciente de personas vulnerables que deambula por el mundo en buscade refugio.